Comunidad de Madrid, ampliación programa “impulsa” por situación Coronavirus COVID-19

Comunidad de Madrid ; Ampliación programa "IMPULSA" por situación excepcional "coronavirus" (COVID-19)

• A través del Plan Impulsa podrá solicitarse una ayuda consistirá en una subvención específica para el pago de sus cuotas por contingencias comunes a la Seguridad Social, permitiendo que el trabajador por cuenta propia disfrute de una reducción total en el pago de dichas cuotas durante un máximo de doce meses.

• Los solicitantes deberán acreditar la reducción de ingresos y mantenerse dados de alta en autónomos durante al menos doce meses

El BOCM de 26 de marzo (con la modificación prevista en el BOCM del 27 de marzo), ha publicado el Acuerdo de 25 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, que al Programa Impulsa la posibilidad de solicitar la subvención a aquellos autónomos que se hayan visto obligados al cierre de sus negocios, o mermada su facturación, como consecuencia de la crisis por el coronavirus (COVID-19), de manera que puedan mantener su actividad y no se vean abocados al cierre.

Serán subvencionables las cuotas por contingencias comunes durante un máximo de doce meses. Los trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que se hayan visto afectados por los sucesos previstos (entre ellos los derivados de la enfermedad Covid 19), podrán presentar la solicitud en el plazo de tres meses.

Las personas que estén en esta situación podrán solicitar una ayuda directa de hasta 3.200 euros.

La ayuda se tramitará exclusivamente a través del Registro Electrónico (mediante acceso con Certificado Digital u otro medió admitido de identificación digital) de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, o en los restantes registros electrónicos de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a través de un formulario alojado en la web de la Comunidad de Madrid.

Los solicitantes deberán estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), adjuntar una declaración que justifique la merma de ingresos provocada por el coronavirus a sus negocios y mantener ese alta en el RETA durante al menos doce meses.


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